Fracción VII – Directorio de servidores públicos
Descripción: El directorio de todos los servidores públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presenten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, cargo o nombramiento asinado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales.
| Contenido de la fracción | El sujeto obligado señala que: | Fundamento utilizado por el sujeto obligado para la no aplicabilidad | ¿Le aplica? | Observaciones |
| El directorio de todos los servidores públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presenten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, cargo o nombramiento asinado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales. | Aplica | – | Si | Es correcta la Aplicabilidad de la presente fracción señalada por el Sujeto Obligado. |